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Nota informativa sobre la publicación del Colegio de Ingenieros de Caminos relativa a competencias en restauración forestal

Autor: COIM . Publicado: 15/04/2026

Desde el Colegio queremos informar sobre una cuestión de relevancia profesional surgida a raíz de una noticia publicada en la página web del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, en la que se afirma que dichos profesionales son competentes en proyectos medioambientales y, específicamente, en proyectos de restauración forestal.

Tras analizar detenidamente la sentencia judicial en la que se apoya dicha publicación —y que, conviene recordar, no es firme—, se constata que la interpretación difundida en la citada noticia no se ajusta fielmente al contenido ni al alcance real del fallo judicial.

La sentencia reconoce la competencia de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos en un caso muy concreto, interpretando que se trata de actuaciones de carácter multidisciplinar, desarrolladas en los perímetros de embalses y arroyos, y estrechamente vinculadas a la materia de aguas, recursos hídricos y obras públicas, ámbito en el que estos profesionales cuentan con formación específica.

Tal y como recoge expresamente el tribunal, aunque parte de las actuaciones analizadas se refieren a trabajos denominados de “restauración forestal”, estos los enmarcan en proyectos con un marcado componente hidrológico. En ningún caso la sentencia establece de forma general que los Ingenieros de Caminos sean competentes en proyectos de restauración forestal en sentido amplio, ni equipara su formación a la específica de esta disciplina.

Es importante recordar que, en el sistema universitario español, la formación específica en restauración forestal corresponde a los Ingenieros de Montes y a los Ingenieros Técnicos Forestales, las titulaciones que habilitan para estas profesiones capacitan de manera directa para la planificación, diseño y ejecución de este tipo de actuaciones.

Desde el Colegio se considera que la citada noticia ofrece una interpretación sesgada e imprecisa de la sentencia, lo que puede generar confusión tanto entre las administraciones públicas como en el ámbito profesional, con un resultado que se considera inaceptable para los intereses de nuestra profesión.

Por este motivo, se ha trasladado formalmente al Decano del Colegio de Ingenieros de Caminos la solicitud de retirada de dicha información de su página web y de cualquier otro medio en el que haya sido difundida, confiando en que esta petición sea atendida una vez aclarado el verdadero alcance del pronunciamiento judicial.

El Colegio queda, como siempre, a disposición de los colegiados para cualquier aclaración adicional sobre este asunto y continuará velando por el reconocimiento de las competencias profesionales que corresponden a la ingeniería de montes.